Bases reguladoras que regirán la concesión del Concurso de Retos Motrices, correspondiente al año 2024.
El Excmo Ayuntamiento de Segorbe convoca el “ IV Concurso de Retos Motrices” para el fomento de la salud y la practica del deporte a través de la participación de la juventud del municipio de acuerdo con las siguientes bases:
Primera. Objeto de la Convocatoria:
Participar a través de la realización de vídeos , en los que se pueda visualizar un reto motor relacionado con la práctica deportiva.
Segunda: Requisitos de los participantes y trabajos.
Podrán optar todas las personas interesadas que hayan cumplido, como mínimo, 6 años. Los menores de edad deberán presentar la autorización paterna/materna que se adjunta en las bases en el Anexo II.
Los participantes realizarán su reto, inédito, con plena libertad, debiendo sujetarse al tema deportivo.
Los retos serán grabaciones de 1 minuto máximo de duración, donde se mostrará la ejecución de un reto motriz. Previamente, se deberá realizar una explicación verbal o gráfica sobre la actuación a exhibir.
No podrán participar las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones. Los participantes deberán acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Tercera: Lugar y plazo de presentación.
El plazo de recepción de las obras estará comprendido desde su publicación en el BOP hasta el viernes 19 de abril, a las 14,00 h. La presentación de trabajos se enviarán a deportes2@segorbe.es.
En ningún caso el Ayuntamiento se hace responsable de la pérdida o deterioro de los trabajos que se envíen.
Cuarta:Premio.
Se realizará un sorteo de 6 cheques, por un valor de 50 € cada uno, para compras en comercios deportivos del municipio, con todos los videos presentados y por categorías, con cargo a la partida 13.341.48900 del Presupuesto Municipal.
– Categoría A: 2 premios para los retos procedentes de los participantes que estén cursando etapa primaria.
– Categoría B: 2 premios para los retos procedentes de autores que estén cursando secundaria y bachiller.
– Categoría C: 2 premios para los retos procedentes de mayores de edad.
El sorteo de los premios se realizará el martes, 23 de abril de 2024, a las 13,00 h., y se dará a conocer por los medios habituales (tablón de anuncios del Ayuntamiento, página web: www.segorbe.es, redes sociales, segorbe joven).
La entrega de los vales a los agraciados será el lunes , 29 de abril, a las 18,30 h. en el salón de los Alcaldes del Ayuntamiento.
Quinta :Criterios de valoración.
El Jurado se guarda el derecho a eliminar todos aquellos videos que puedan tener contenido no relacionado con la actividad física y el deporte, excluyéndolos del concurso.
Sexta: Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
El órgano competente para la instrucción de este procedimiento son las Concejalías de Deportes, Infancia y Juventud. El órgano competente para su resolución es la Alcaldía.
Séptima: Procedimiento de concesión.
El jurado, una vez finalizado el plazo de admisión, se reunirá para la valoración de los trabajos presentados y elaborar acta, en la que se indicará:
-Los trabajos admitidos , de los presentados en el concurso.
-Los trabajos no admitidos, indicándose las razones de la exclusión.
A la vista del acta, las Concejalías de Deportes e Infancia y Juventud emitirá propuesta, que será vinculante para el órgano competente para la concesión del premio, el cual se dará a conocer por los medios habituales(tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, página web:www.segorbe.es y redes sociales.
Este premio será compatible con cualquier otra subvención otorgada por la misma u otras administraciones públicas y con fines distintos a los de la presente convocatoria.
Octava: Propiedad Intelectual.
Los videos elegidos en el sorteo, dentro de las categorías premiadas, quedarán en propiedad exclusiva y permanente del Área de Deportes del Ayuntamiento de Segorbe, que tendrá completa libertad para utilizarlo, total o parcialmente o para modificarlo en el momento y la forma en que lo considera necesario. Por ello, es requisito imprescindible que quien resulte ganador/a del sorteo entregue, como condición necesaria para recibir el premio, una declaración jurada de la cesión del video.
En cualquier caso, el Ayuntamiento de Segorbe no estará obligado a emplear el video ganador, como logotipo oficial o imagen corporativa oficial de la institución.
Novena: Publicación de la convocatoria.
Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón publicándose el texto integro de la misma en la sede electrónica del Ayuntamiento de Segorbe (www.sede.segorbe.es). La publicidad de la convocatoria en el BOP de Castellón se llevaran a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la LGS.
Décima.
Los datos de carácter personal que serán facilitados en la solicitud y en los documentos aportados, así como los obtenidos a lo largo de su tramitación serán tratados por el Ayuntamiento de Segorbe, en calidad de Responsable de Tratamiento, con la finalidad de tramitar y gestionar la concesión de los premios. La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el art. 6.1.c) del RGPD, el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al Responsable del Tratamiento. Art. 6.1.e) del RGPD, el cumplimiento de una misión realizada de interés público o el ejercicio de poderes públicos. Y conforme la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia acceso a la información pública y buen gobierno Los datos se cederán por obligación legal en su caso a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, Organismos de la Unión Europea, Juzgados y Tribunales, Administración Tributaria y Seguridad Social, Tribunal de Cuentas y administración competente. Los datos serán conservados durante el plazo de tiempo que esté vigente el expediente administrativo o, en su caso, por el tiempo de resolución de un procedimiento contencioso administrativo derivado. No obstante, los datos podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos, y en todo caso mínimo 10 años desde que finalice el plazo de prohibición, establecido en la Ley General de Subvenciones. El titular de los datos garantizará la veracidad de los datos aportados y será el único responsable de los datos inexactos o erróneos que facilitara y se comprometerá a comunicar por escrito cualquier modificación que se produzca en los mismos. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación del tratamiento y/u oposición. A estos efectos, deberá presentar un escrito en el en el Registro de Entrada, electrónico o presencial, del Ayuntamiento de Segorbe. En el escrito deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá mostrar o, en caso de envío postal, acompañar la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación, en primer lugar, ante el Delegado de Protección de Datos correspondiente dpd@dipcas.es o, en su caso, ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es). En el supuesto de que el solicitante facilite datos o documentos con datos de terceras personas distintas del mismo, deberá con carácter previo a su inclusión, informarle de los extremos contenidos en la presente Base.
Aceptación de las bases.
La participación en esta convocatoria supone el conocimiento y la total aceptación de las presentes bases por parte de los participantes.
En lo no determinado expresamente en las presentes bases, regirá lo dispuesto en la LGS, su Reglamento y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Segorbe (BOP 21 de enero de 2016).

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